Sentencia del Supremo sobre agresiones sexuales

El Supremo sentencia que obtener vídeos sexuales de una menor bajo intimidación es una agresión sexual

El tribunal dobla la condena de un hombre que obtuvo imágenes íntimas de las redes sociales de una niña de 12 años a la que amenazó con publicar el contenido y meter a sus padres en la cárcel.

El Tribunal Supremo acaba de elevar de corrupción de menores a agresión sexual bajo intimidación el caso de un hombre que contactó con una niña de 12 años y la engañó, la amedrentó y la amenazó hasta conseguir que le enviara 21 imágenes y dos vídeos suyos “de claro contenido pornográfico”, según la sentencia hecha pública este lunes. Con la nueva tipificación, casi dobla la pena de cárcel al condenado de dos años y nueve meses hasta cinco años y cuatro meses por considerar claro que la menor fue intimidada.

Los hechos se remontan a 2012 y ocurrieron en una red social que ya no existe, Tuenti. El hombre contactó con la chica con una identidad falsa, haciéndole creer que era otra chica y le mandó una foto de otra joven desnuda diciéndole que era ella. Le pidió fotografías y, cuando se negó, le dijo que tener la foto que le había mandado era delito, que la denunciaría, se lo contaría a su familia y que además lo haría público en la red social. Ahí empezó la maraña de mentiras y amenazas. Consiguió que se hiciese fotos del pecho y los genitales y que se las mandara. Luego usó esas imágenes, como una bola que iba creciendo y creciendo, para conseguir más imágenes y vídeos, amenazándola con que las haría públicas, que lo contaría y que se las enviaría a sus contactos en esa red social. Llegó a decirle que metería a sus padres en la cárcel. Todas estas actuaciones, según el Supremo, suponen “amenazas explícitas, reales, graves” que apuntalan la intimidación que se necesita probar para considerar que se trata de una agresión sexual.

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Artículo completo: El País
Fuente fotografía: EUROPA PRESS

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